3 de mayo de 2011

IMPULSAN LA CREACIÓN DE LA TARJETA URBANA ESCOLAR

La concejal Elisa Quartucci, en co-autoría con los concejales Raúl Woscoff y Raúl Ayude, presentó un Proyecto de Ordenanza por el que se crea la Tarjeta Urbana Escolar, se establece el valor del pasaje y los sitios, días y horarios de carga de la misma.

El proyecto intenta, entre otros aspectos, dar respuesta al reclamo que padres y alumnos vienen haciendo desde la implementación de la tarjeta por aproximación debido a los inconvenientes con los días y lugares de recarga de la misma.

.A continuación se transcribe el proyecto que fuera presentado el pasado 14 de abril de 2011.


PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Créase en el partido de Bahía Blanca la tarjeta por aproximación denominada Tarjeta Urbana Escolar.

Artículo 2º: Fíjase el valor del pasaje de la Tarjeta Urbana Escolar en el equivalente al cincuenta por ciento (50%) sobre las tarifas ordinarias vigentes correspondientes a cada sección.

Artículo 3º: La Tarjeta Urbana Escolar podrá ser requerida por los alumnos pertenecientes a los distintos niveles de enseñanza obligatoria y que asistan en los turnos diurnos, vespertinos y nocturnos.

La Empresa Bahía Transporte-SAPEM será la encarga de extender la tarjeta en forma gratuita a todo alumno que la solicite, siendo requisito para ello acreditar su condición.

En caso de que el alumno titular de la tarjeta la extravíe, deberá solicitar su reemisión debiendo abonar en dicho caso el valor que posea la Tarjeta Urbana.

Artículo 4º: Las empresas prestadoras del servicio de transporte público de pasajeros cargarán a los alumnos que utilicen sus servicios la Tarjeta Urbana Escolar lo que le dará derecho a viajar en todo el recorrido de la línea.

La carga de las tarjetas por aproximación para escolares serán efectuadas en el local donde se encuentra la administración de cada empresa permisonaria del servicio, de lunes a viernes en el horario de 8 a 14 horas; y en la sede de la Empresa Bahía Transporte – SAPEM, de lunes a sábado en el horario de 8 a 14 horas.

Artículo 5º: La Tarjeta Urbana Escolar podrá ser utilizada durante todo el mes a razón de dos viajes por cada día hábil y lectivo del mes, y por cada alumno que acredite su condición de tal, con excepción de aquellos que acrediten doble escolaridad, en cuyo caso podrán hacer uso de la tarjeta por aproximación cuando sea necesario.

Artículo 6º: Los beneficiarios deberán cumplir como único requisito la exhibición de la credencial otorgada cuando se lo requieran.

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo reglamentará el artículo 5º.

Artículo 8º: Deróguense las Ordenanzas Nº 5.117, 5.204, 5.449, 6.705, 7.830, 11.854, 13.262, 13.665 y 13.772.

Artículo 9º: De forma.


Fundamentos:

Varias son las ordenanzas que en la actualidad permanecen vigentes -aunque varias han sido derogadas de hecho- y se refieren a diferentes aspectos del denominado boleto escolar. Por tal motivo, con el presente Proyecto de Ordenanza se pretende sistematizar y reorganizar jurídicamente el tema a partir de la creación de un boleto estudiantil denominado Tarjeta Urbana Escolar.

En la norma proyectada se pretende establecer el valor del pasaje para los estudiantes y aspectos relativos a la Tarjeta Urbana Escolar, como responsables de la emisión, los requisitos para su tramitación, puntos, días y horarios de carga, alcance, entre otros.

Por lo expuesto, se solicita a los Sres. concejales el acompañamiento al presente Proyecto de Ordenanza.

RECONOCIMIENTO CIUDADANO A LA DRA. MIRTA MÁNTARAS

El Concejo Deliberante reconoció a la Dra. Mirta Mántaras por su intensa labor por la vigencia de los Derechos Humanos y el patrocinio solidario de las víctimas del terrorismo de estado.
El Proyecto de Resolución fue presentado por la concejal Elisa Quartucci en co-autoría con los concejales Raúl Woscoff y Raúl Ayude. A continuación se transcribe el mencionado proyecto que fuera sancionado por unanimidad el 7 de abril de 2011.


PROYECTO DE RESOLUCION
Visto:
La intensa actividad de la Dra. Mirta Mántaras por la vigencia de los Derechos Humanos; y

Considerando:

Que la Dra. Mirta Mántaras en su calidad de Abogada -egresada de la Universidad Nacional del Litoral en el año 1973- y Especialista en Derecho Militar ha ejercido la profesión liberal en forma individual y también colectivamente con exclusiva dedicación a causas y situaciones de violación a los Derechos Humanos, lo que la ha llevado a desarrollar una intensa actividad por la vigencia de éstos.

Que desde 1986 representó a las víctimas y familiares del Terrorismo de Estado de Neuquén, Río Negro y Bahía Blanca convocada por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Neuquén, fundada por monseñor Jaime de Nevares. En ese carácter impulsó la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final, obteniendo el único fallo que declaró tal inconstitucionalidad mediante una resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de nuestra ciudad.

Que la Dra. Mántaras fue abogada de Abuelas de Plaza de Mayo y de las víctimas y familiares del Terrorismo de Estado de Capital Federal, Jujuy, Mendoza y Salta.

Que, en el año 1999, Mántaras fue enviada por la APDH-Neuquén, y testimonió en España como técnica en derecho militar ante el juez Baltasar Garzón. Posteriormente, en 2005, lo hizo en el juicio contra Adolfo Scilingo.

Que, además de llevar adelante la querella de familiares y de la APDH Bahía Blanca en las causas por crímenes de lesa humanidad cometidos bajo el control operacional del Comando V Cuerpo de Ejército y la Armada, participó como querellante en las megacausas de los Centros Clandestinos de Detención "El Vesubio", "Esma" y "Olivera Róvere-Jefes de Area" de la Capital Federal. Además, participó como testigo técnico ("de concepto") en Tucumán, Salta, Neuquén, Santiago del Estero y La Plata.

Que, a lo largo de su labor periodística, se desempeñó como columnista de la revista El Periodista, El Porteño, Apuntes del Futuro, Acción, Militancia, La Voz, Claves, Humor, y en diarios como Página 12, Río Negro, Clarín y otros. También efectuó la cobertura del juicio a las juntas militares y del proceso por la guerra de Malvinas. A su vez, en 1990, participó en el documental Stolen Children Argentina’s Dirties War (BBC de Londres).

Que es autora de varios libros como ”Informe Rattenbach” (1983); “La Justicia de la Justicia” (Caracas, 1985); “La obediencia debido no exculpa el crímen” (1987); APDH, con Prólogo de Boris Pasik (1987); “Caso Carrasco: Un pacto de Silencio” con prólogo de Elías Neuman (1995); “El manual de la Represión” Suplemento de Página 12 (1999); “Genocidio en Argentina”, con Prólogo de León Rozitchner (2005) –presentado el 8 de marzo de 2006 en una conferencia realizada en el Salón de Actos de la Universidad Nacional del Sur-.

Que a partir de la nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final, además de continuar con la representación de víctimas, familiares y organizaciones de Derechos Humanos, prestó testimonio como testigo técnica en Justicia militar en importantes procesos orales como los seguidos en Tucumán (en la causa contra Bussi y otros militares) y en Santiago del Estero (en la causa “Kamenetzky”).

Que la Dra. Mántaras ha participado de innumerables conferencias, seminarios y charlas a lo largo de todo el país.

Que integra la Red Nacional de Abogados por los Derechos Humanos.

Que, en la actualidad, se desempeña como Subcoordinadora en el Programa Verdad y Justicia que funciona en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con la finalidad de remover todos los obstáculos que atenten contra la celeridad en la realización de juicios por delitos de Lesa Humanidad.

Que, en el marco de la cercanía del inicio de los juicios por los crímenes de lesa humanidad en Bahía Blanca, vecinos de nuestra ciudad vienen organizando una serie de actividades. En tal sentido, las Sras. Susana Matzkin y Anahí Junquera-en su carácter de familiares de víctimas del genocidio de Estado y querellantes de la Causa Comando del V Cuerpo del Ejército- han planteado a concejales de este Cuerpo reconocer la labor de la Dra. Mirta Mántaras y la de otras personas que a lo largo de su trayectoria pública han trabajado por la vigencia de los Derechos Humanos. A su vez, este reconocimiento ha sido acompañado por familiares querellantes de las víctimas de Viedma (Río Negro) y ha contado con la adhesión de la Comisión de Apoyo a los juicios de lesa humanidad de Bahía Blanca.

Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades
RESUELVE

Primero: Reconocer a la Dra. Mirta Mántaras por su intensa labor por la vigencia de los Derechos Humanos y el patrocinio solidario de las víctimas del terrorismo de estado.
Segundo: Remitir copia de la presente a los familiares de víctimas del genocidio de Estado y querellantes de la Causa Comando del V Cuerpo del Ejército -de Bahía Blanca y Viedma- y a la Comisión de Apoyo a los Juicios por crímenes de lesa humanidad en Bahía Blanca

REGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE

La concejal Elisa Quartucci (bloque 8 de septiembre) presentó un Proyecto de Ordenanza creando, en el ámbito del Partido de Bahía Blanca, el “Régimen de Promoción de la Industria del Software”, dependiente de la Agencia de Desarrollo municipal.
La propuesta –que se enmarca en las leyes nacional y provincial de Promoción de la Industria del Software-, tiene como objetivos:
- Incentivar y promocionar el desarrollo de empresas dedicadas a la Industria del Software y Servicios Informáticos.
- Brindar mayor competitividad y apoyar la mejora de los estándares de calidad de dichas empresas.
- Desarrollar productos y procesos de software.
- Estimular la radicación de empresas de desarrollo tecnológico.
- Fomentar la innovación tecnológica.
- Apoyar los procesos de innovación y desarrollos tecnológicos informáticos generados por las empresas del sector.
- Incentivar a las empresas existentes y alentar la constitución de nuevas empresas del sector TIC´s.
El proyecto prevé, entre otros requisitos, que las empresas interesadas en adherir al Régimen de Promoción deberán estar inscriptas en el Registro Municipal de Productores de Software y Servicios Informáticos, gozar de los beneficios otorgados a nivel nacional y provincial, y contar con el libre deuda municipal de los tributos por los cuales obtendrá la exención impositiva.
La iniciativa está orientada a otorgar franquicias y beneficios impositivos a las empresas que se instalen en el partido de Bahía Blanca o amplíen sus instalaciones existentes. En tal sentido, las empresas podrán gozar de hasta un 100% de exención en los diferentes gravámenes (Tasa de Habilitación de Comercio e Industria, Derechos de Construcción y Derechos de Oficina) y hasta un 60% de exención en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
Se establece también en el proyecto que todo incumplimiento a las obligaciones emergentes del régimen de promoción hará pasible a la empresa beneficiaria de sanciones, como por ejemplo, la revocación de la inscripción en el Registro o la pérdida de los beneficios acordados, entre otras.

2 de mayo de 2011

UNO DE LOS PEORES ESCENARIOS

La calificación efectuada por el fiscal federal Abel Córdoba luego de que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca resolviera excarcelar a 36 represores imputados por delitos de lesa humanidad -cometidos en nuestra ciudad durante la última dictadura- describe acertadamente las lamentables circunstancias que enrarecen el comienzo del mencionado proceso histórico.

A las constantes postergaciones del inicio de dichos Juicios –juicios esperados y buscados por más de 35 años- se suma ahora un nuevo capítulo: la excarcelación de los detenidos dispuesta por la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca.

En este marco se hace necesario que la ciudad sepa y tome conciencia que tal decisión no solo contraría lo indicado por la Corte Suprema de Justicia, sino que aleja una vez más la posibilidad de que los genocidas sean juzgados.

Quienes, en un marco de impunidad, gozaban de los beneficios de las detenciones domiciliarias -o lo hacían en condiciones privilegiadas- se encuentran, una vez más, favorecidos con medidas dilatorias (cuyo correlato, el paso del tiempo, se traduce lisa y llanamente en la muerte de procesados y de testigos) y decisiones judiciales como las aquí repudiadas.

Durante muchos años -en la búsqueda de justicia y verdad- se sostuvo la memoria y el repudio, en base al trabajo incesante de familiares, organismos de Derechos Humanos y militantes. Por respeto a esa memoria y a ese trabajo incesante se hace necesario, urgente e indispensable el inicio de los juicios a represores, torturadores, apropiadores y asesinos.

Las excarcelaciones constituyen una vergüenza y una afrenta a la ciudad: por sus calles hoy transitan con la misma libertad, acusados y procesados, víctimas y victimarios, torturadores y torturados. Es por ello que repudiamos enérgicamente la excarcelación dispuesta por la Cámara de Apelaciones de 36 represores procesados por delitos de Lesa Humanidad por ser este un acto de injusticia que constituye un nuevo gesto contra la verdad y la justicia. Exigimos, además, que se terminen todas las medidas dilatorias que impiden el comienzo del juicio a los responsables de violaciones sistemáticas de los derechos humanos en aquellos años de terror y muerte.


Agrupación 8 de Septiembre Encuentro Amplio

EL HCD APROBÓ LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DEL PLAN DE DESARROLLO DEL SUDOESTE BONAERENSE

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 16.115 -de autoría de la concejal Elisa Quartucci (bloque 8 de septiembre)- por la que se crea la “Comisión Municipal del Plan de Desarrollo del Sudoeste Bonaerense”.

La Comisión Municipal se enmarca en la ley provincial Nº 13.647 -Plan de Desarrollo del Sudoeste Bonaerense- y tendrá como objetivo facilitar la gestión de las acciones enmarcadas en dicho Plan, siendo sus funciones específicas las siguientes:
- Analizar, discutir y consensuar las distintas propuestas de desarrollo a fin de diseñar políticas diferenciales que permitan impulsar un Plan de Desarrollo para el partido de Bahía Blanca.
- Promover y gestionar ante organismos públicos y privados todas las acciones necesarias tendientes a implementar el Plan.
- Promover y proponer modificaciones al marco legal existente y nueva normativa a nivel de los distintos estamentos de gobierno a fin de dinamizar e implementar el Plan de Desarrollo.
- Realizar el seguimiento y evaluación del Plan.

La propuesta tiene la intención de institucionalizar y dotar de un marco legal a las actividades que se vienen llevando desde la Agencia de Desarrollo municipal, ámbito del que participan diferentes entidades relacionadas con el desarrollo socioeconómico de nuestra ciudad y la región del sudoeste bonaerense, como por ejemplo, INTA, Asociación de Ganaderos y Agricultores, Federación Agraria Argentina, CARBAP, Coninagro, Universidad Nacional del Sur, Facultad Regional de la Universidad Tecnológica Nacional, Bolsa de Cereales de Bahía Blanca, Banco de la Nación Argentina, Banco de la provincia de Buenos Aires, entre otras.

La Ordenanza prevé también la creación de una cuenta afectada denominada “Fondo Municipal Plan de Desarrollo del Sudoeste Bonaerense” donde se depositarán fondos municipales y los provenientes de otras jurisdicciones destinados al Programa de referencia.